Siempre que un caso de derecho familiar de California involucra hijos menores de edad, la Petición o la Respuesta por sí solas no son suficientes. También necesita el formulario FL-105, también numerado GC-120, la Declaración bajo la Ley Uniforme de Jurisdicción y Cumplimiento de la Custodia de Menores (UCCJEA). Es un formulario corto, pero la corte no puede dictar órdenes de custodia sin él.
Antes de seguir, una aclaración importante: los formularios que se presentan ante la corte deben llenarse en inglés. Aun así, existe ayuda en español, las cortes de California ofrecen intérpretes sin costo, y el Centro de Ayuda de las Cortes de California (selfhelp.courts.ca.gov) tiene recursos en español.
Lo más importante: El FL-105/GC-120 documenta dónde ha vivido cada hijo o hija, y con quién, para que la corte pueda confirmar que tiene jurisdicción para decidir la custodia. Se presenta junto con el FL-100 (Petición) o el FL-120 (Respuesta) cada vez que hay hijos menores de edad en el caso.
¿Qué es el formulario FL-105 (GC-120)?
El formulario FL-105 es el formulario del Consejo Judicial de California titulado "Declaration Under Uniform Child Custody Jurisdiction and Enforcement Act (UCCJEA)." Lleva un segundo número, GC-120, porque el mismo formulario se usa en casos de tutela manejados en la corte de sucesiones además de en casos de derecho familiar.
La UCCJEA es la ley que determina qué cortes estatales tienen autoridad para dictar y hacer cumplir órdenes de custodia cuando el historial de una familia toca más de un estado. Antes de que una corte de California pueda decidir sobre custodia, generalmente necesita confirmar que California es el "estado natal" del hijo o hija, es decir, que ha vivido aquí durante un período determinado inmediatamente antes de presentarse el caso. El FL-105 es cómo la corte reúne los hechos para hacer esa determinación.
La Petición o la Respuesta ya le dicen a la corte que existen hijos menores de edad y dónde viven actualmente, pero no establecen un historial. La UCCJEA analiza un patrón de residencia a lo largo del tiempo, no solo una dirección actual, porque la jurisdicción se podría disputar entre dos estados si una familia se mudó recientemente. El FL-105 provee ese patrón para que la corte confirme, desde el principio, que es la corte correcta.
Cuándo debe presentar el FL-105
El FL-105 se requiere cada vez que un caso de derecho familiar (disolución, separación legal, nulidad, o un caso independiente de custodia) involucra hijos menores de edad. Se presenta junto con el FL-100 (Petición) siempre que el Petitioner anote hijos del matrimonio o sociedad, o junto con el FL-120 (Respuesta) siempre que el Respondent plantee temas de custodia o confirme hijos ya anotados. Si su caso no involucra hijos menores de edad, no necesita presentarlo.
El FL-105 y el GC-120 son el mismo formulario bajo dos números distintos. Los casos de derecho familiar (disolución, separación legal, nulidad, y acciones independientes de custodia) usan el número FL-105, mientras que los casos de tutela presentados en la corte de sucesiones usan el GC-120.
Dejar fuera el FL-105 de su presentación cuando hay hijos involucrados es una de las razones más comunes por las que una presentación de derecho familiar se marca como incompleta. La corte no puede dictar órdenes de custodia sin él.
El FL-105 sección por sección
1. Información del caso y de los hijos
En la parte de arriba, va a anotar el condado, los nombres de las partes, y el número de caso. Para cada hijo o hija menor de edad involucrado, anota su nombre completo y su fecha de nacimiento.
2. Historial de residencia
Este es el corazón del formulario. Para cada hijo o hija, va a proveer su historial de residencia, comúnmente cubriendo los últimos cinco años (o desde su nacimiento, si tiene menos de cinco años). Para cada dirección, anota el domicilio donde vivió el hijo o hija, las fechas aproximadas en que vivió ahí, y el nombre de la persona o personas con quienes vivió (un padre, ambos padres, un familiar, u otra persona).
Si un hijo o hija ha vivido en más de un estado durante ese período, anote cada dirección en cada estado. Este historial es exactamente lo que la corte usa para aplicar la UCCJEA y confirmar qué estado tiene jurisdicción.
3. Otros procedimientos de custodia
Después, va a revelar si conoce algún otro caso de corte, pasado o pendiente, en California o en cualquier otro estado, que involucre custodia o visitas de los mismos hijos. Si existe uno, identifica la corte, el número de caso si lo conoce, y la naturaleza del caso.
Revelar otro caso de custodia no es opcional. Si dos cortes desconocen la participación de la otra con los mismos hijos, puede llevar a órdenes de custodia contradictorias y complicaciones graves para todos los involucrados.
4. Otras personas que reclaman custodia o visitas
Por último, el formulario le pide identificar a cualquier otra persona, más allá de las partes de su caso, que actualmente tenga custodia física de los hijos, o que reclame derechos de custodia o visitas sobre ellos. Esto podría ser un abuelo, otro familiar, o un tutor. Si nadie más encaja en esta descripción, también lo indica.
5. Firma bajo pena de perjurio
Como la mayoría de las declaraciones del Consejo Judicial, el FL-105 se firma bajo pena de perjurio, lo cual significa que usted certifica que todo lo que escribió es verdadero y correcto según su mejor conocimiento.
Errores comunes que debe evitar
- Dejar incompleto el historial de direcciones, especialmente cuando un hijo o hija se ha mudado entre condados o estados
- Olvidar presentar el FL-105 en absoluto cuando el caso involucra hijos menores de edad
- No revelar otro caso de custodia pendiente o anterior que involucre a los mismos hijos
- Suponer fechas en lugar de confirmarlas, ya que el historial de residencia es lo que establece la jurisdicción
- Dejar fuera a un familiar u otro adulto que tiene custodia física real de un hijo o hija, aunque sea de manera informal
Qué pasa después de presentar el FL-105
El FL-105 se presenta junto con su Petición o Respuesta y se convierte en parte del expediente de la corte. Generalmente es confidencial y no se entrega a la otra parte de la misma manera que la Petición misma, ya que puede contener información sensible de ubicación.
Una vez presentado, la corte usa el historial de residencia para confirmar que tiene jurisdicción antes de dictar cualquier orden de custodia. Si el historial muestra conexiones importantes con otro estado, o si ya existe otro caso en otro lugar, la corte quizás necesite resolver esa cuestión antes de continuar. En la mayoría de los casos sencillos esta revisión no retrasa nada. Tenga en cuenta que el FL-105 establece jurisdicción; no decide por sí solo la custodia ni las visitas, eso viene después.
Consejo práctico: Reúna cada dirección, rango de fechas, y nombre de cuidador para cada hijo o hija antes de sentarse a completar el FL-105. Tener este historial organizado por adelantado es lo que más tiempo ahorra en este formulario.
Preguntas frecuentes
¿Para qué sirve el formulario FL-105?
El formulario FL-105, también numerado GC-120, es la Declaration Under the Uniform Child Custody Jurisdiction and Enforcement Act (Declaración bajo la Ley Uniforme de Jurisdicción y Cumplimiento de la Custodia de Menores, UCCJEA). Le da a la corte la información que necesita para confirmar que tiene jurisdicción para dictar órdenes de custodia, documentando dónde ha vivido cada hijo o hija del caso, y con quién, en los años recientes.
¿Siempre tengo que presentar el FL-105?
Solo necesita presentar el FL-105 si su caso de derecho familiar involucra hijos menores de edad. Se presenta junto con el formulario FL-100 (Petición) o FL-120 (Respuesta) siempre que haya hijos en el caso. Si no hay hijos menores de edad involucrados, no lo presenta.
¿Cuánto tiempo atrás abarca el historial de residencia del FL-105?
El formulario comúnmente pide el historial de residencia de cada hijo o hija de los últimos cinco años, o desde su nacimiento si tiene menos de cinco años. Va a anotar cada dirección donde vivió el hijo o hija y los nombres de las personas con quienes vivió durante ese tiempo.
¿Qué pasa si mi hijo o hija ha vivido en más de un estado?
De todas formas anota cada dirección, en cada estado, para el período pedido. Este historial es exactamente de lo que depende el análisis de la UCCJEA, ya que ayuda a la corte a determinar cuál estado tiene jurisdicción (generalmente el "estado natal" del hijo o hija) para tomar decisiones de custodia.
¿Qué pasa si existe otro caso de custodia relacionado con mis hijos?
Lo tiene que revelar. El FL-105 pregunta si conoce algún otro caso pendiente o anterior, en California o en cualquier otro estado, que involucre custodia o visitas de los mismos hijos. No revelar otro caso puede crear problemas graves, incluyendo órdenes contradictorias de dos cortes.
¿Quién más debe identificarse en el FL-105 además de los padres?
El formulario le pide identificar a cualquier otra persona que actualmente tenga custodia física de los hijos, o que reclame derechos de custodia o visitas sobre ellos, aunque esa persona no sea parte de su caso. Esto podría incluir a un abuelo, otro familiar, o un tutor.
Cómo ayuda Virdix con el FL-105
La información del FL-105 tiene que coincidir con lo que ya escribió en su Petición o Respuesta, y los vacíos en el historial de residencia son una de las razones más comunes por las que una presentación se devuelve. Virdix está diseñado para ayudarle a evitar eso:
- Preguntas guiadas, que lo llevan por el historial de residencia de cada hijo o hija, una dirección a la vez
- Revisiones de consistencia, para que los hijos y las fechas del FL-105 coincidan con su Petición o Respuesta
- Indicaciones claras, para revelar otros casos de custodia u otras personas con reclamos de custodia
No reemplazamos a un abogado en disputas de custodia o preguntas de jurisdicción multiestatal, pero en presentaciones sencillas, Virdix ayuda a que su FL-105 quede completo y consistente desde el principio.
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Este artículo es solo para fines informativos y no constituye asesoría legal. Virdix es un servicio de preparación de documentos, no un despacho de abogados, y no brinda asesoría legal. Para orientación sobre su situación específica, consulte a un abogado de derecho familiar con licencia en California.
Fuentes: Centro de Ayuda de las Cortes de California (selfhelp.courts.ca.gov), Consejo Judicial de California
