Órdenes de Protección en Dakota del Norte: La Domestic Violence Protection Order Bajo el Capítulo 14-07.7

    Si usted está en peligro inmediato, llame al 911. La línea nacional de ayuda sobre violencia doméstica (National Domestic Violence Hotline) es 1-800-799-7233.

    El recurso civil de Dakota del Norte para la violencia doméstica es la Domestic Violence Protection Order (Orden de Protección por Violencia Doméstica). En 2025, la legislatura derogó las antiguas secciones dispersas del Capítulo 14-07.1. Consolidó la ley de órdenes de protección en un nuevo Capítulo 14-07.7, Civil Protection Orders (Órdenes Civiles de Protección). Ese capítulo ahora rige en conjunto las disorderly conduct restraining orders, las domestic violence protection orders y las sexual assault restraining orders. Si usted está investigando una versión anterior de la ley de Dakota del Norte, tenga en cuenta que muchas secciones antiguas del 14-07.1 ahora están derogadas y reemplazadas por el 14-07.7.

    Un familiar o miembro del hogar que sea víctima de violencia doméstica puede presentar una petición, sin costo de presentación. El tribunal puede emitir una orden temporal el mismo día, sin notificar a la otra parte. Esta página explica quién califica, cómo funciona el proceso de la orden temporal y la orden final, las armas de fuego, y la custodia.

    Quién califica

    Bajo el N.D.C.C. 14-07.7-01, la violencia doméstica incluye daño físico, lesión corporal, acecho (stalking), actividad sexual obtenida mediante fuerza física, y agresión (assault). También cubre poner a alguien en temor de cualquiera de esos actos. Esto debe ser cometido por un familiar o miembro del hogar. Ese término significa un cónyuge, excónyuge, padre, madre, hijo, hija, o un pariente por sangre o matrimonio. También incluye a una pareja de citas (dating partner) actual o anterior, y a alguien que actualmente o anteriormente haya vivido con la persona. También cubre a alguien con quien la persona tiene un hijo o hija en común. Para propósitos de una civil protection order, también cubre a cualquier otra persona que el tribunal determine que tiene una relación suficiente con la persona acusada de abuso.

    Presentación y la orden temporal

    Bajo el N.D.C.C. 14-07.7-02, una víctima de violencia doméstica, conducta desordenada (disorderly conduct), o agresión sexual (sexual assault) puede presentar una petición. No se puede cobrar ninguna tarifa de presentación. Se puede presentar una petición independientemente de si ya está en curso un caso separado de separación legal, anulación, divorcio, o derechos de crianza (parenting rights). Bajo el N.D.C.C. 14-07.7-06, el tribunal puede otorgar una temporary domestic violence protection order sin notificación al demandado (respondent). Esto ocurre si la petición alega motivos razonables para creer que ocurrió violencia doméstica. Esa orden puede restringir el contacto, excluir al demandado de una residencia compartida, y establecer temporalmente la responsabilidad residencial primaria o el tiempo de crianza (parenting time) para los hijos menores.

    La regla de la audiencia a los 14 días

    Después de que se emite una orden temporal, el sheriff notifica al demandado con una copia de la orden y aviso de la audiencia. Bajo el N.D.C.C. 14-07.7-07, el tribunal debe fijar una audiencia a más tardar 14 días después de que se emitió la orden temporal, a menos que exista causa justificada para una fecha posterior. En esa audiencia, el tribunal debe determinar dos cosas antes de otorgar una orden final. Debe determinar que la relación entre las partes es suficiente para justificar protección, y que hubo evidencia de violencia doméstica real o inminente.

    Armas de fuego

    El nuevo capítulo de Dakota del Norte incluye un mecanismo de entrega de armas de fuego (firearm surrender) vinculado al peligro, no una prohibición automática en todos los casos. Bajo el N.D.C.C. 14-07.7-06 y 14-07.7-07, el tribunal puede ordenar la entrega de un arma de fuego o arma peligrosa para su custodia (safekeeping). Esto aplica si el tribunal tiene causa probable para creer que el demandado probablemente la use, la muestre, o amenace con usarla en más actos de violencia. Eso puede ocurrir como parte de una orden temporal o de la orden final.

    Una vez ordenado, el demandado debe entregar el arma de fuego dentro de las 24 horas de haber sido notificado, o de inmediato a solicitud de un oficial de la ley. El arma va al sheriff o jefe de policía del condado o ciudad de residencia del demandado. No entregarla a tiempo puede resultar en arresto. El oficial también puede tomar posesión del arma.

    Custodia y confidencialidad

    Una domestic violence protection order temporal o final puede otorgar responsabilidad residencial primaria temporal o establecer tiempo de crianza (parenting time) temporal para los hijos menores, como parte de la orden misma. Las audiencias sobre una petición de domestic violence protection order están cerradas al público. Solo las partes, sus abogados, el state's attorney, los testigos, y ciertos defensores de víctimas (victim advocates) pueden asistir, a menos que el tribunal permita a otra persona con un interés legítimo. El nombre de la persona protegida en un caso de violencia doméstica o agresión sexual es confidencial, y debe ser redactado de los registros a los que el público puede acceder.

    Preguntas frecuentes

    ¿Cómo obtengo una Domestic Violence Protection Order en Dakota del Norte?

    Presente una petición ante el district court. No hay tarifa de presentación. Si la petición muestra motivos razonables para creer que ocurrió violencia doméstica, el tribunal puede otorgar una orden temporal el mismo día, sin notificar primero a la otra parte.

    ¿Quién califica para una orden de protección en Dakota del Norte?

    Usted necesita ser un familiar o miembro del hogar de la persona que le hizo daño, bajo el N.D.C.C. 14-07.7-01. Eso incluye a un cónyuge, excónyuge, o pariente, alguien con quien usted vive o vivió, una pareja de citas actual o anterior, o alguien con quien usted comparte un hijo o hija.

    ¿Cuánto tiempo falta para mi audiencia en Dakota del Norte?

    El tribunal debe fijar una audiencia a más tardar 14 días después de emitir una orden temporal, a menos que haya causa justificada para una fecha posterior. En esa audiencia, ambas partes pueden ser escuchadas antes de que el tribunal decida sobre una orden final.

    ¿Tiene el estatuto de órdenes de protección de Dakota del Norte un nuevo nombre o número?

    Sí. En 2025 la legislatura derogó la mayoría de las antiguas secciones del Capítulo 14-07.1 sobre órdenes de protección. Las trasladó a un nuevo Capítulo 14-07.7 consolidado, Civil Protection Orders, que ahora cubre en conjunto las órdenes de disorderly conduct, violencia doméstica, y agresión sexual.

    ¿Puede Dakota del Norte quitarle las armas a alguien bajo una orden de protección?

    El tribunal puede ordenar la entrega de armas de fuego (firearm surrender), pero solo si tiene causa probable para creer que el demandado probablemente use un arma de fuego. Eso incluye mostrarla o amenazar con usarla en más actos de violencia. Si se ordena, el demandado debe entregar el arma de fuego dentro de las 24 horas al sheriff o policía local.

    ¿Puedo obtener la custodia a través de una orden de protección de Dakota del Norte?

    Sí. Tanto una domestic violence protection order temporal como una final pueden otorgar responsabilidad residencial primaria temporal. También puede establecer tiempo de crianza (parenting time) temporal para los hijos menores, como parte de la orden.

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