Cronograma del divorcio en Nueva York: Opciones de residencia, la regla de 20 dias para responder y sin espera fija
El cronograma del divorcio en Nueva York no tiene un periodo de espera obligatorio entre el inicio de un caso y la emision de una sentencia. El verdadero filtro es la jurisdiccion. La regla de residencia de Nueva York es inusualmente flexible, con cinco formas distintas de calificar.
El motivo sin culpa (no-fault) tiene su propio umbral incorporado. El matrimonio debe haber estado irremediablemente roto durante al menos seis meses antes de que un conyuge pueda jurar ese motivo. No se puede emitir ninguna sentencia hasta que se resuelva cada uno de los demas asuntos del caso.
Una vez iniciada una accion, el otro conyuge generalmente tiene 20 dias para responder si fue notificado en persona dentro de Nueva York, o 30 dias para varios otros metodos de notificacion.
Cinco formas de cumplir con el requisito de residencia de Nueva York
El DRL 230 no usa una sola regla de residencia fija. Se puede iniciar una accion de divorcio si se cumple cualquiera de cinco condiciones. Las partes se casaron en Nueva York y alguna de ellas ha vivido alli continuamente durante el ano anterior a la presentacion. O vivieron en Nueva York como pareja casada con esa misma residencia de un ano. O los motivos surgieron en Nueva York y alguna de las partes vivio alli durante al menos un ano antes de la presentacion.
O los motivos surgieron en Nueva York y ambas partes viven alli actualmente. O alguna de las partes ha vivido en Nueva York continuamente durante al menos dos anos antes de la presentacion, sin necesidad de ninguna otra conexion con Nueva York. Esta ultima opcion es la mas amplia de las cinco, ya que no exige nada sobre donde ocurrio el matrimonio ni donde surgieron los motivos. No existe la obligacion de seguir viviendo en Nueva York una vez presentado el caso.
El umbral de seis meses para el motivo sin culpa
El motivo sin culpa de Nueva York, bajo el DRL 170(7), exige que el matrimonio haya estado irremediablemente roto durante al menos seis meses antes de que un conyuge pueda jurarlo. Ademas, no se puede emitir sentencia sobre el motivo sin culpa hasta que se resuelvan todos los asuntos accesorios. Esto incluye la distribucion equitativa, la manutencion conyugal, la manutencion de menores, los honorarios de abogados, y la custodia o el regimen de visitas. Esos asuntos deben resolverse por acuerdo o ser decididos por el tribunal. Ese segundo requisito suele determinar cuanto tiempo toma en realidad un caso sin culpa en Nueva York.
El plazo de 20 o 30 dias para responder
Bajo el CPLR 320, un demandado generalmente tiene 20 dias despues de la notificacion para comparecer, si fue notificado personalmente dentro de Nueva York. Si la citacion (summons) fue notificada a un funcionario autorizado para recibirla, o mediante ciertos otros metodos previstos por ley, el demandado tiene en cambio 30 dias. El plazo que corresponde depende de como se realizo en realidad la notificacion, no solo de donde se presento el caso.
Que determina realmente el cronograma
Como Nueva York no tiene un periodo de espera fijo en el estatuto, en la practica el cronograma depende de dos cosas. Que tan rapido se resuelvan los asuntos accesorios, y si el caso es disputado o no. Un caso no disputado con un acuerdo completo puede avanzar con relativa rapidez una vez cumplido el umbral de seis meses. Un caso disputado, especialmente uno que involucre custodia o bienes en disputa, agrega la etapa de descubrimiento de pruebas (discovery) y la programacion judicial que un caso con acuerdo nunca necesita. Los recursos de autoayuda de New York Courts explican en que consiste la presentacion en cada etapa.
Preguntas frecuentes
Existe un periodo de espera para divorciarse en Nueva York?
Nueva York no tiene un periodo de enfriamiento obligatorio despues de presentar el caso. Lo que funciona como un periodo de espera es el propio requisito del motivo sin culpa de que el matrimonio haya estado irremediablemente roto durante al menos seis meses, junto con la regla de que no se puede emitir sentencia hasta que se resuelvan todos los asuntos accesorios del caso.
Cuanto tiempo debo haber vivido en Nueva York antes de presentar el divorcio?
Depende de cual de las cinco condiciones del DRL 230 aplique. Las opciones van desde ningun requisito de duracion fijo, si ambos conyuges viven actualmente en Nueva York y los motivos surgieron alli, hasta dos anos de residencia continua si no existe ninguna otra conexion con Nueva York en relacion con el matrimonio. Varias opciones de un ano quedan en un punto intermedio.
Cuanto tiempo tiene mi conyuge para responder despues de ser notificado en Nueva York?
Generalmente 20 dias despues de la notificacion si fue notificado personalmente dentro de Nueva York. Si la notificacion se hizo a un funcionario autorizado para recibirla en nombre del demandado, o mediante ciertos otros metodos previstos por el CPLR 320, el plazo se extiende a 30 dias.
Puede Nueva York finalizar un divorcio antes de resolver la custodia y los bienes?
No, no bajo el motivo sin culpa. El DRL 170(7) exige que todos los asuntos accesorios, incluyendo la distribucion equitativa, la manutencion conyugal, la manutencion de menores, y la custodia o el regimen de visitas, se resuelvan por acuerdo o sean decididos por el tribunal antes de que se pueda emitir una sentencia de divorcio. Este suele ser el factor mas importante en cuanto tiempo toma en realidad un caso en Nueva York.
Tengo que seguir viviendo en Nueva York despues de presentar el divorcio?
No. El DRL 230 exige que el requisito de residencia se cumpla al momento de iniciar la accion, no que se mantenga despues. Una vez que el caso se presenta correctamente y se establece la jurisdiccion, ninguno de los conyuges tiene que seguir viviendo en Nueva York mientras el caso avanza.
Que hace que un divorcio en Nueva York tome mas tiempo del minimo?
Los asuntos accesorios sin resolver son el factor principal, ya que no se puede emitir sentencia sobre el motivo sin culpa hasta que se resuelvan o decidan los bienes, la manutencion y la custodia. Los casos disputados que involucran custodia o distribucion equitativa en conflicto agregan descubrimiento de pruebas (discovery) y audiencias judiciales que un caso no disputado, con acuerdo, no necesita.
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